
05 Sep Modelo 720: Guía completa para presentar tu declaración
- Cuentas bancarias y depósitos en entidades financieras extranjeras
- Valores, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero
- Bienes inmuebles y derechos reales sobre los mismos ubicados fuera de España
¿Quién está obligado a presentarlo?
Tipo de obligado | Requisitos |
---|---|
Personas físicas residentes | Bienes superiores a 50.000€ por categoría |
Personas jurídicas residentes | Bienes superiores a 50.000€ por categoría |
Establecimientos permanentes | De entidades no residentes con bienes en el extranjero |
Importante: El umbral de 50.000 euros se calcula por cada categoría de bienes por separado, no de forma conjunta.
Plazos de presentación
Los plazos son estrictos y su incumplimiento conlleva sanciones importantes:
📅 Plazo de presentación para el ejercicio 2024:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2025
La declaración siempre se refiere al ejercicio anterior, por lo que en 2025 se declaran los bienes poseídos al 31 de diciembre de 2024.
Cómo rellenar el modelo 720 paso a paso
Para rellenar correctamente el modelo 720, sigue estos pasos fundamentales:
- Recopila toda la documentación necesaria
- Extractos bancarios del 31 de diciembre
- Certificados de saldos de entidades financieras
- Documentación de inversiones y seguros
- Escrituras de propiedades inmobiliarias
- Accede a la sede electrónica de la AEAT
- Utiliza certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN
- Busca el formulario del modelo 720
- Completa cada apartado por categorías
- Apartado A: Cuentas bancarias
- Apartado B: Valores y seguros
- Apartado C: Inmuebles
Instrucciones para cumplimentarlo
Para cuentas bancarias
- Indica el saldo máximo alcanzado durante el ejercicio
- Proporciona datos completos de la entidad financiera
- Incluye el código IBAN completo
Para valores e inversiones
- Detalla el tipo de valor (acciones, bonos, fondos, etc.)
- Especifica la entidad depositaria
- Incluye el valor de mercado al 31 de diciembre
Para inmuebles
- Proporciona la dirección completa del inmueble
- Indica la fecha de adquisición y el precio
- Especifica el porcentaje de participación
Recomendaciones para evitar errores comunes
⚠️ Errores más frecuentes:
- No declarar cuentas cerradas durante el año si superaron el umbral
- Confundir el saldo medio con el saldo máximo en cuentas bancarias
- No actualizar datos cuando hay cambios significativos
- Omitir participaciones indirectas en inmuebles o sociedades
¿De qué forma debo presentarlo?
La presentación del modelo 720 es exclusivamente telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. No se admite presentación en papel ni presencial.
Documentación necesaria para la presentación
Para realizar la presentación necesitas:
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN
- Documentación acreditativa de todos los bienes declarados
- Datos fiscales del ejercicio correspondiente
Sanciones por incumplimiento
Multas y consecuencias por no declarar
Tipo de incumplimiento | Sanción |
---|---|
Presentación extemporánea | Entre 150€ y 250€ |
No presentación | Hasta 20.000€ |
Datos incorrectos o incompletos | Entre 1.500€ y 20.000€ por dato omitido |
Casos frecuentes de sanciones y cómo evitarlas
Los casos más comunes que generan sanciones incluyen:
- Olvido de cuentas bancarias con movimientos esporádicos
- No declarar herencias recibidas en el extranjero
- Omitir participaciones societarias indirectas
- Presentación fuera de plazo por desconocimiento
Preguntas frecuentes
¿Qué hacer si se presenta fuera de plazo?
Si has perdido el plazo, presenta la declaración lo antes posible. Aunque habrá sanción por extemporaneidad, será menor que la sanción por no presentación. La multa por presentación tardía oscila entre 150 y 250 euros.
¿Es obligatorio presentar todos los años?
No necesariamente. Solo debes presentar el modelo 720 cuando se produzcan variaciones superiores a 20.000 euros respecto a la última declaración, o cuando sea la primera vez que superas los umbrales establecidos.
¿Qué ocurre con las cuentas conjuntas?
En cuentas conjuntas, cada titular debe declarar la parte que le corresponde según el porcentaje de participación. Si no se especifica, se considerará al 50% para dos titulares.
¿Se puede rectificar una declaración ya presentada?
Sí, puedes presentar una declaración complementaria o sustitutiva si detectas errores u omisiones en tu declaración original.
💡 Consejo final: El cumplimiento del modelo 720 es una obligación seria que requiere atención detallada. Si tienes dudas sobre tu situación particular, consulta con un asesor fiscal especializado para evitar costosas sanciones y cumplir correctamente con tus obligaciones tributarias.
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